viernes, 5 de marzo de 2010

La insurrección parte 3: FPDT-Atenco y FPFVI-UNOPII

FRENTE DE PUEBLOS EN DEFENSA DE LA TIERRA
ATENCO

Frente de Pueblos en defensa de la Tierra (FPDT), quienes luchan por la libertad e 12 presos políticos de San Salvador Atenco, y a la vez resisten los proyectos privatizadores y de despojo de la tierra

POSICIONAMIENTO DEL COMITÉ LIBERTAD Y JUSTICIA PARA ATENCO SOBRE ATRACCIÓN DE LA SCJN (11 de febrero de 2010)

Hace un año, una treintena de académicos, músicos, religiosos, comunicadores y organizaciones defensoras de los derechos humanos, y solidarias lanzamos la Campaña Nacional e Internacional Libertad y Justicia para Atenco. Después de más de 200 acciones civiles y pacíficas en más de 25 estados del país, en 15 naciones del mundo, donde han participado más de 30 mil personas y donde la información y denuncia sobre la situación de los 12 presos políticos de Atenco ha llegado a más de medio millón, ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió ejercer su facultad de atracción sobre tres de los casos. Sobre ello, este comité, deseamos expresar:

1. La Campaña Nacional e Internacional Libertad y Justicia para Atenco, los familiares de los presos IGNACIO DEL VALLE MEDINA, FELIPE ÁLVAREZ HERNÁNDEZ y HÉCTOR GALINDO GOCHICOA, y sus defensores legales vemos con satisfacción la determinación de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de ejercer la facultad de atracción, respecto de los juicios de amparo directo 7/2010 y 245/2009. Tales demandas de amparo fueron interpuestas por los señores IGNACIO DEL VALLE MEDINA, FELIPE ÁLVAREZ HERNÁNDEZ y HÉCTOR GALINDO GOCHICOA, en contra de la sentencia emitida por un Juez Penal del Estado de México quien les impuso una condena de 67 años con 6 meses de prisión por el delito de Secuestro Equiparado. Sin embargo, esperamos también, tal y como lo han decidido y solicitado los propios presos, que los 9 casos restantes sean también atraídos por esta primera sala.

2. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, tiene ante sí la posibilidad histórica de corregir todas las arbitrariedades cometidas por el Poder Judicial del Estado de México en contra de IGNACIO DEL VALLE MEDINA, FELIPE ÁLVAREZ HERNÁNDEZ y HÉCTOR GALINDO GOCHICOA, revocando las sentencias impuestas por tribunales carentes de imparcialidad e independencia y cuya actuación contraviene los principios del Estado Democrático de Derecho.

3. Esta decisión permite además abrir la discusión pública sobre la inocencia de los 12 presos y las violaciones a los derechos humanos de todos ellos. Los tres casos atraídos por la Corte cuentan con dos cuerpos legales de defensa cuyos argumentos incluimos ahora. El comité Libertad y Justicia para Atenco respaldamos las diversas estrategias jurídicas de defensa de los presos.

3.1 La defensa legal de IGNACIO DEL VALLE y FELIPE ÁLVAREZ considera que un estudio meticuloso y a fondo de las demandas de amparo conllevará a los Ministros que integran la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a revocar las sentencias emitidas y ratificadas por el Poder Judicial del Estado de México. La perspectiva de la defensa tiene como base, las diversas violaciones que durante la substanciación del proceso penal, cometieron tanto el juez penal como los Magistrados de la Primera Sala Colegiada Penal. Es preciso señalar que durante la substanciación del sumario, las autoridades mexiquenses violaron los principios reguladores de la valoración de las pruebas, el principio de presunción de inocencia, el principio de debido proceso. Amén de que dentro del sumario, no se acreditó el cuerpo del delito de secuestro equiparado, esto último, se encuentra robustecido con la decisión del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito quien dejó sin efecto las órdenes de aprehensión giradas en contra de BERNARDINO CRUZ CARDONA y JESÚS ADÁN ESPINOSA por el delito de secuestro equiparado al considerar que el Ministerio Público no había acreditado el cuerpo del delito. La defensa legal de los señores IGNACIO DEL VALLE MEDINA y FELIPE ÁLVAREZ HERNÁNDEZ también considera que la resolución de las demandas de amparo brindará a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una valiosa oportunidad para que ese órgano continúe con el desarrollo jurisprudencial de los principios de debido proceso y presunción de inocencia y del alcance, protección y contenido de los derechos plasmados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

3.2 La defensa legal de HECTOR GALINDO GOCHICOA, está convencida de que las sentencias impuestas por Juez Primero Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de TOLUCA y confirmadas por la Primera Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, con residencia en la ciudad de TOLUCA, devienen de un conjunto de actos jurídicos viciados de origen, puesto que fueron emitidas por tribunales carentes de competencia, siendo que de conformidad con el articulo 16 Constitucional, todo acto de autoridad debe ser emitido por autoridad competente y que en este caso, lo eran los tribunales adscritos a la jurisdicción TEXCOCO y no TOLUCA.

Resulta evidente que el proceso y la sentencia de 67 años y seis meses, no tienen validez legal alguna, ya que emanaron de un ORGANO INCOMPETENTE, en consecuencia, si la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declara fundado este argumento, deberá conceder en forma lisa y llana el amparo y protección de la justicia federal, ya que si se ordenara la reposición del procedimiento, se estaría juzgando dos veces por el mismo delito, lo que también está prohibido por nuestra constitución.

Por otro lado, la Defensa legal de Héctor Galindo Gochicoa, estima que el delito de SECUESTRO EQUIPARADO, contenido en el artículo 259 del Código penal del Estado de México, es una figura INCONSTITUCIONAL, puesto que no tiene pena exactamente aplicable a ese delito; es un tipo penal impreciso ya que sanciona una innumerable e incierta cantidad de actos que pueden llegar al infinito e incluso al absurdo, ahora bien, si la Primera Sala de la SCJN llegara a estimar que el delito de secuestro equiparo si tiene pena exactamente aplicable, seguiría siendo inconstitucional, por contener una pena de las prohibidas por el artículo 22 Constitucional por ser una PENA INUSITADA.

Es inadmisible, que un delito contra la administración pública, como lo sería el de secuestro equiparado, cuya finalidad de la detención de una persona, es la de “obligar a la autoridad a realizar o dejar de realizar un acto de cualquier naturaleza” sea sancionada con la misma dureza que el delito de secuestro, cuya finalidad es la de la obtención de un LUCRO.

En este sentido, el Máximo Órgano Jurisdiccional tiene la posibilidad de declarar inconstitucional una figura que solo ha sido utilizada para criminalizar la lucha social o de corregir un proceso obscuro e irregular.

4. Esperaremos la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la atracción de los 9 casos restantes de los presos en el penal de Molino de las Flores. Sin embargo, llamamos desde ahora a las 300 organizaciones de todo el país y del mundo que integran esta campaña, a prepararse para comenzar la tercera etapa, la decisiva, en esta iniciativa de la sociedad civil por reclamar libertad para quienes no son presos comunes, para quienes no son delincuentes, para quienes no han cometido delito alguno. Ellos son presos políticos del Estado mexicano. Llamamos a la sociedad civil nacional e internacional a prepararse para difundir los argumentos sobre la inocencia de los 12 presos y a movilizarse civil y pacíficamente por la libertad y la justicia para Atenco.

Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra
Familiares y abogados defensores de los presos del penal del Altiplano
Comité Libertad y Justicia Para Atenco
FRENTE POPULAR FRANCISCO VILLA INDEPENDIENTE – UNOPII
Entrevista completa en http://rcci.net/globalizacion/2009/fg823.htm

¿Como es que realizan las ocupaciones de tierra?

Gerardo Meza: Para nosotros, no es un acto ilegal, por eso no es tanto el sentido de la ocupación, sino es el rescate de nuestra tierra, el rescate de lo que nosotros tenemos por derecho y que nos lo hemos ganado en arduos años de trabajo. La forma de tomar la tierra se da de la siguiente manera, en un primer momento, se da la localización y se realiza una investigación sobre las condiciones del terreno y a partir de eso, se hace un trabajo de sensibilización en la zona, ya sea dando volantes, haciendo mítines relámpagos, convocatorias en diferentes zonas de la ciudad, generalmente en las zonas que son las mas marginales del lado oriente de la ciudad de México como Iztapalapa y Tlahuac. Después, viene la preparación, en un primer momento tomamos la tierra y los compañeros levantan su primera casa con el material que ellos tengan disponible, ya sea hule, madera, lámina, cartón, etc. En ese momento, por cuestiones de seguridad, no acostumbramos levantar las casas de tabique o de algún material más sólido, por que obviamente en cada ocupación, en cada rescate de tierra, viene un período de resistencia.

¿Una vez realizada la ocupación, comienza la división en sectores?

Gerardo Meza: Si, cuando rescatamos la tierra, de inmediato se conforman las comisiones, principalmente la de vigilancia y la comisión de mantenimiento para empezar a resolver las cuestiones básicas como luz, agua, drenaje y propiamente el trabajo. A partir de ahí, empieza a funcionar toda la estructura de la organización.

¿Cuándo rescatan la tierra, cómo financian las viviendas?

Gerardo Meza: Hay dos situaciones, la primera es construir nuestras colonias mediante un proceso de auto-construcción, es decir, por nuestros propios recursos y la otra forma, es arrancando y exigiendo que los organismos destinados al financiamiento de vivienda como es el Instituto de Vivienda del Distrito Federal (INVI) nos otorguen créditos de carácter blando para la construcción. El alcance que tenemos en las colonias, es mucho menor al que pudiera tener la norma de las viviendas de interés social, para el gobierno de la ciudad una vivienda como la de esta colonia unifamiliar debe ser de 35 metros cuadrados, con la posibilidad de crecer en un segundo nivel hasta 70. Para nosotros son otras las medidas. Además, de que el costo es muy inferior de lo que le saldría al propio gobierno, realizamos un gasto aproximado de 150 mil pesos, cuando normalmente se gastarían unos 300 o 400 mil pesos, un costo mucho menor que el de la vivienda de carácter comercial. Por otro lado, la vivienda departamental no debe rebasar entre los 50 a 55 metros cuadrados, nosotros alcanzamos entre 65 casi 70 metros.

¿Cómo realizan el trabajo de construcción?

Alejandro Juárez: Cuando se elige la forma de financiamiento con la que se va a construir la vivienda, la comunidad se organiza y eso nos permite que la construcción se amplíe a partir de esfuerzos colectivos, por ejemplo, la cuestión del drenaje, nuestra organización realiza de forma comunitaria esa labor, para tener ahorros, entonces ese recurso que era destinado para el drenaje se inyecta para la construcción.

Elia Silva: Pero el objetivo de eso, no es solamente hacer más baratos los costros de producción, sino va más allá el entender y comprender que somos capaces de satisfacer nuestras propias necesidades y ese es uno de los objetivos de la organización, de la estructura y el funcionamiento.

¿Al respecto de los proyectos culturales, como elaboran los talleres y la parte pedagógica?

Elia: Partiendo de la idea que el proyecto del Frente, no es solo un proyecto de vivienda sino un proyecto de vida, se desprenden diferentes factores que forman nuestra lucha. Al respecto del proyecto de cultura, desde sus inicios la organización estaba formada por estudiantes que tenían esa preocupación por la educación. El trabajo que se hace inicialmente, es aglutinar a partir de la cuestión de la vivienda pero con la idea de hacer un proyecto de vida, es así, que a partir de esta preocupación se va desarrollando un proyecto cultural que inicia con esfuerzos un poco aislados como son las celebraciones de fechas específicas o la realización de piezas de teatro mas esporádicamente. Se conforman las comisiones de cultura, que son responsables del desarrollo en todos los espacios, se hacen comisiones en cada uno de los predios y se va gestando el proyecto. Entendemos a la cultura como a la vida, el proyecto ha sido fortalecido y en el han participado otras organizaciones y colectivos, como los compañeros de la Universidad Pedagógica Nacional, los compañeros de la UNAM, del Consejo General de Huelga (CGH), los mártires del 68 y otros que han compartido esta lucha con nosotros. Hay otros proyectos en otras colonias, pero en donde se esta gestando el trabajo más fuerte de cultura es aquí.
Cómo surgió el trabajo en la radio?

Alejandro Juárez: La radio, surgió a partir de un taller que se realizo hace ya tres años. Iniciamos con un taller de radio bocinas, con la idea de ir construyendo un espacio para poder escucharnos, narrar nuestra historia, se le dio el nombre de “Radio Espiral la Voz de Villa”. Un compañero de un colectivo que se llamaba Virus, nos enseño las herramientas esenciales y necesarias para hacer una radio. Fue a partir de la experiencia de la Otra Campaña, que observamos que podíamos ampliar la forma de nuestra radio bocina y de esta forma empezamos a tomar una señal en FM. Comenzamos con una movilización de la Otra Campaña, el 2 de Julio del 2006 (el mismo día en que se realizaron las elecciones en México) a través de una transmisión conjunta con otras radios libres como la Radio Regeneración, la Radio Sabotaje y la Ke Huelga. En esas fechas, colocamos una antena y empezamos a transmitir vía FM y luego vía Internet.

¿Además de la radio, producen otro tipo de medio de comunicación?

Elia: También realizamos un periódico interno, la comisión de prensa hace un folleto mensual que aborda problemas y aspectos internos y alguna información externa. En la radio, el taller no termina, es permanente, con la idea de que otros compañeros de esta comunidad y de otras se integren. Tanto la radio como el periódico son los dos medios que tenemos aquí.


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